Los 10 principios básicos en materia de inteligencia artificial lanzados por la Casa Blanca a las Agencias Federales

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La Casa Blanca acaba de hacer público el Memorandum for the heads of Executive Departments and Agencies en materia de inteligencia artificial, con la finalidad de establecer los principios que deberían regir el enfoque y marco regulatorios que vayan desarrollando en materia de inteligencia artificial, siguiendo la agenda establecida por la Casa Blanca en febrero del 2019 cuando lanzó la “Maintaining American Leadership in Artificial Intelligence” (Orden Ejecutiva 13859).

De acuerdo con dicha Orden, la política del gobierno de los EEUU en materia de inteligencia artificial va encaminada a mantener y mejorar la posición de liderazgo científico, tecnológico y económico en este ámbito. Para ese fin, las Agencias Federales deben evitar acciones regulatorias o no regulatorias que obstaculicen innecesariamente la innovación y el crecimiento de la inteligencia artificial, según el Memorandum

Los 10 principios que deberán tener en cuenta en esa labor regulatoria y de desarrollo de la inteligencia artificial, son los siguientes (Principles for the Stewardship of AI Applications):

  1. Confianza Pública en la inteligencia artificial: promover aplicaciones de inteligencia artificial, fiables, robustas y generadoras de confianza para la sociedad en general.
  2. Participación pública: las Agencias deben brindar amplias oportunidades para que el público disponga de amplia información y pueda participar en todas las etapas de reglamentación del proceso siempre respetando los límites y restricciones legales (información confidencial).
  3. Integridad científica y calidad de la información: las mejores prácticas deben aprovechar los procesos científicos y técnicos. Los datos utilizados para entrenar el sistema de inteligencia artificial deben ser de calidad suficiente para el uso previsto.
  4. Evaluación y gestión de riesgos: transparencia en la evaluación de riesgos y reevaluación y revisión de conclusiones en intervalos de tiempo apropiados para fomentar la responsabilidad y evitar riesgos previsibles.
  5. Beneficios y costes: consideración, de acuerdo con los límites legales, de los costes sociales completos en la reglamentación de la inteligencia artificial, incluidos los beneficios económicos, ambientales, salud pública, seguridad y efectos distributivos y equidad.
  6. Flexibilidad: enfoques flexibles y que permitan adaptaciones y actualizaciones rápidas de las aplicaciones de la inteligencia artificial.
  7. Equidad y no discriminación: consideración de manera transparente de las implicaciones discriminatorias que las aplicaciones de inteligencia artificial pueden tener. El enfoque del desarrollo de las aplicaciones de inteligencia artificial debe ser reducir los niveles de ilegalidad, discriminación injusta o no intencionada en relación a los procesos actuales.
  8. Divulgación y Transparencia: además de mejorar el proceso de elaboración de normas, la transparencia y divulgación pueden aumentar la confianza pública en las aplicaciones de inteligencia artificial.
  9. Seguridad y protección: en las políticas y reglamentación de la inteligencia artificial, se deben promover el desarrollo de sistemas que sean seguros y deben tener en cuenta los riesgos de posible despliegue de uso malicioso de aplicaciones de inteligencia artificial.
  10. Coordinación entre Agencias: asegurar que todas las Agencias que puedan estar potencialmente afectadas o interesadas en una acción específica en materia de inteligencia artificial, puedan ser oídas. Coordinación entre Agencias para compartir experiencias y garantizar consistencia y previsibilidad de las políticas de inteligencia artificial que promuevan la innovación y el crecimiento, al tiempo que preserven la privacidad y libertades civiles. 

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