Neuroderechos: proteger la mente humana ante los avances científicos

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Las Neurotecnologías podrían marcar el comienzo de una revolución en la Neurociencia permitiéndonos descifrar las bases científicas de nuestras mentes y facilitar la comprensión de las enfermedades mentales y neurológicas. Unidas a la Inteligencia Artificial podrían también manipular la mente humana.

Las grandes plataformas tecnológicas, están invirtiendo cientos de millones de dólares en la investigación de esta nueva rama de la ciencia: Facebook, Google, Microsoft y Neuralink. Esta última de Elon Musk, director ejecutivo de los vehículos eléctricos Tesla, es una empresa de Neurotecnología especializada en implantes cerebrales que está investigando el desarrollo de un complejo sistema de microfibras que pueden aumentar nuestras capacidades neurológicas. 

Columbia University creó el NeuroTechnology Center (NTC) en 2014. El centro, de alcance interdisciplinar, está integrado por académicos y profesores de School of Arts and Sciences (A&S), School of Engineering and Applied Science (SEAS), Zuckerman Mind, Brain, and Behavior Institute (Z-MBBI) y Kavli Institute for Brain Science. 

Uno de los grupos de trabajo del NTC se encamina a definir cuáles son los llamados derechos neuronales concebidos como derechos humanos y propugna su incorporación en la Declaración de Derechos Humanos de 1948. Según Rafael Yuste (director NeuroRights Iniciative NTC) “los derechos que antes se daban por hecho, como la privacidad mental o la autonomía cognitiva, están en peligro”.

Los cinco neuroderechos, entendidos como los derechos que protegen la mente humana, que se incorporan en la propuesta del NeuroRights Iniciative, son:

  • El derecho a la identidad personal: deben desarrollarse límites para prohibir que la tecnología altere el sentido del de sí mismo. Cuando la neurotecnología conecta a los individuos con las redes digitales, podría desdibujar la línea que separa la conciencia de una persona de las aportaciones tecnológicas externas. Este derecho garantiza que el “yo” no sea dividido en dos, tres o más.
  • El derecho al libre albedrío: Los individuos deben tener el control final sobre su propia toma de decisiones, sin manipulación desconocida de las neurotecnologías externas.
  • El derecho a la privacidad mental: Cualquier dato obtenido de la medición de la actividad neural («NeuroData») debe mantenerse privado. Además, la venta, la transferencia comercial y el uso de los datos neuronales deben estar estrictamente regulados.
  • El derecho a la igualdad de acceso al aumento mental: deben establecerse directrices tanto a nivel internacional como nacional que regulen el desarrollo y las aplicaciones de las neurotecnologías de mejora mental. Estas directrices deben basarse en el principio de justicia y garantizar la igualdad de acceso a todos los ciudadanos.
  • El derecho a la protección contra el sesgo algorítmico: Las contramedidas para combatir los sesgos deberían ser la norma para el aprendizaje automático. El diseño de los algoritmos debe incluir los grupos de usuarios para para abordar el sesgo de manera fundamental.

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